La Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) es, en la práctica, la tarjeta de residencia: el documento físico que acredita tu autorización de residencia en España. Según la Policía Nacional, su validez coincide con la de la autorización de residencia que documenta, así que la fecha impresa no es un plazo aparte, sino un reflejo del permiso que tienes concedido. La tasa (modelo 790, código 012) para una renovación es de 19,30 euros.
¿Tarjeta de residencia y TIE son lo mismo?
Sí. “Tarjeta de residencia” es el nombre con el que mucha gente sigue llamando al documento, pero el nombre oficial es TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). No son dos trámites ni dos tarjetas distintas: es el mismo documento con dos nombres.
Renovación de la tarjeta de residencia y trabajo
Cuando te renuevan una autorización de residencia temporal (incluida la de residencia y trabajo), tienes que solicitar una TIE nueva: la tarjeta anterior queda documentando un permiso que ya no está en vigor. Según la Policía Nacional, el trámite se presenta con el formulario EX-17 y el justificante de pago de la tasa 790-012, siempre de forma presencial en una Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía. La tasa para esta renovación es de 19,30 euros; la primera expedición de una TIE cuesta 16,08 euros.
Si tu autorización es de residencia y trabajo por cuenta propia, la TIE no es la única fecha que debes vigilar: como autónomo también tendrás que presentar el modelo de declaración trimestral de IVA cada trimestre y, cada enero, su resumen anual (modelo 390).
Renovación de la tarjeta de larga duración
Si tienes la residencia de larga duración (lo que mucha gente llama “residencia permanente”), la Ley Orgánica 4/2000 establece en su artículo 32.1 que esa situación te autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente, en las mismas condiciones que los españoles. Eso no cambia. Lo que sí caduca es la tarjeta física: la Policía Nacional fija su validez en 5 años, y en la segunda renovación y siguientes, si ya tienes 30 años cumplidos, pasa a ser de 10 años. Que la tarjeta caduque no significa que pierdas la residencia de larga duración: solo tienes que renovar el documento que la acredita.
Cómo se hace el trámite
En todos los casos, el procedimiento es el mismo: formulario EX-17, tasa 790-012 pagada, y cita previa en una Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía habilitada, donde te toman los datos biométricos. No es un trámite que se resuelva por internet de principio a fin: la presencia física es obligatoria.
Preguntas frecuentes
¿Es lo mismo la tarjeta de residencia que el TIE? Sí, son el mismo documento. TIE es el nombre oficial actual; “tarjeta de residencia” es como mucha gente sigue llamándolo.
¿Cuánto cuesta renovar la TIE? La tasa 790-012 para una renovación es de 19,30 euros. La primera expedición cuesta 16,08 euros.
Si mi TIE de larga duración caduca, ¿pierdo la residencia permanente? No. Según el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 4/2000, la residencia de larga duración es indefinida. Solo tienes que renovar la tarjeta física, que en tu segunda renovación (con 30 años o más) pasa a tener una validez de 10 años.
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A leer también: Renovar la Tarjeta de Ciudadano en Portugal y ¿Con cuánta anticipación se puede renovar una tarjeta de residente permanente en Canadá?
Fuentes
- Extranjería: Tarjeta inicial o renovación residencia o residencia y trabajo (Sede Electrónica de la Policía Nacional)
- Extranjería: Tarjeta residencia de larga duración (Sede Electrónica de la Policía Nacional)
- Tasas de trámites de extranjería (Sede Electrónica de la Policía Nacional)
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, artículo 32 (BOE)