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Plazo del modelo 303 mensual en 2026

El IVA mensual se presenta del 1 al 30 del mes siguiente, salvo enero, que se extiende hasta el último día de febrero. Quién declara mensualmente y fechas.

26 jul 2026 · 4 min de lectura · por el equipo de LapseGuard

El plazo del modelo 303 mensual es, con carácter general, del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación. La única excepción es la autoliquidación de enero, que la Agencia Tributaria extiende hasta el último día de febrero, en vez de terminar el 30 de ese mismo mes.

Quién presenta el IVA cada mes

Presentar el modelo 303 mensualmente no es la norma general, es la excepción, y solo se aplica a dos colectivos:

  • Quienes están inscritos en el Registro de Devolución Mensual (REDEME), el régimen especial que permite pedir la devolución del IVA cada mes en lugar de esperar a enero. La solicitud de inscripción se presenta en noviembre del año anterior a aquel en que deba surtir efecto, mediante el modelo censal, aunque también puede solicitarse fuera de ese plazo durante el propio periodo de presentación de las declaraciones.
  • Quienes tienen la consideración de Gran Empresa, es decir, quienes superaron un volumen de operaciones de 6.010.121,04 euros durante un año natural: la obligación de tributar mensualmente empieza a partir del año natural siguiente.

Si no estás inscrito en el REDEME ni superas ese umbral, tu modelo 303 es trimestral, no mensual.

El plazo mes a mes

Con carácter general, la autoliquidación de cada mes se presenta del 1 al 30 del mes siguiente, obligatoriamente por vía telemática. La excepción es enero: en vez de vencer el último día de febrero solo si coincidiera con el “30 general”, la Agencia Tributaria amplía directamente el plazo hasta el último día de febrero, sea el 28 o el 29. Si el último día de plazo de cualquier mes cae en sábado, domingo o festivo nacional, la fecha límite se traslada al día hábil inmediato posterior.

El caso de enero, con ejemplos reales

  • IVA de enero de 2024: plazo hasta el 29 de febrero de 2024 (el último día de ese mes, año bisiesto).
  • IVA de enero de 2025: plazo hasta el 28 de febrero de 2025.
  • IVA de enero de 2026: el 28 de febrero de 2026 cayó en sábado, así que el plazo se trasladó al 2 de marzo de 2026, según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

Para el resto de meses, el plazo domiciliado (pago con cargo en cuenta) se acorta 5 días respecto al general, igual que ocurre en el modelo 303 trimestral.

Preguntas frecuentes

¿Todos los autónomos presentan el IVA mensualmente? No. La periodicidad mensual solo se aplica a quienes están inscritos en el REDEME o a quienes tienen la consideración de Gran Empresa por superar los 6.010.121,04 euros de volumen de operaciones. El resto declara trimestralmente.

¿Por qué enero tiene un plazo distinto al resto de meses? Porque la Agencia Tributaria amplía expresamente ese plazo hasta el último día de febrero, en vez de aplicar la regla general de “hasta el día 30 del mes siguiente”.

¿Cuándo se solicita la inscripción en el REDEME? En noviembre del año anterior a aquel en que deba surtir efecto la inscripción, mediante la declaración censal presentada por vía telemática; fuera de ese plazo, también puede solicitarse durante el periodo de presentación de las declaraciones periódicas.

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A leer también: Modelo de declaración trimestral de IVA: plazos de 2026 y Modelo 390: plazo de presentación en 2026

Fuentes

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